martes, septiembre 23, 2008

Corbacho, partidario de los expedientes de regulación de empleo para superar la crisis

 

El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, se mostró hoy partidario de utilizar los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) como instrumentos para superar una determinada coyuntura económica y resolver los problemas.
"No tengo una opinión negativa" sobre estos instrumentos, dijo Corbacho, porque aplicados "correctamente" ayudan a la ciudadanía, añadió. Así lo manifestó Corbacho durante su intervención en un desayuno informativo de Europa Press, al ser preguntado si no le parecía sospechoso que tres compañías del sector del automóvil presentaran ERE al mismo tiempo, en referencia a los presentados recientemente por IVECO, Ford y General Motors.
El ministro señaló que las empresas suelen ser "celosas de su intimidad", por lo que, en su opinión, la presentación de varios ERE a la vez son fruto de una "coincidencia" y no de un acuerdo.
Afirmó que el mercado del automóvil, según empresarios consultados, "no está tan mal" y que la producción es la misma que en el ejercicio anterior, mientras que la previsión apunta a un "importante" crecimiento en la fabricación.
Pide al BCE que rebaje los tipos
El ministro pidió hoy al Banco Central Europeo (BCE) que rebaje los tipos de interés, actualmente instalados en el 4,25%, para paliar los efectos de la crisis. Corbacho aseguró que sería "prudente y saludable" una bajada en el precio del dinero.
En cualquier caso, el titular de Trabajo aseguró que España "está en condiciones de afrontar la desaceleración", de la que dijo "no tiene su origen en el mercado laboral". Por ello, añadió que "no es el espacio laboral en el que hay que buscar la salida a la crisis".
Más aún, aseguró que el sector de la construcción, uno de los detonantes de la crisis en España, repuntará "desde 2009". Si bien, consideró necesario para acelerar esta recuperación que comunidades autónomas y ayuntamientos avancen en la simplificación de los trámites administrativos relacionados con la construcción de viviendas.
«El más feliz» se acogen pocos al retorno voluntario
El ministro aseguró hoy que será "el más feliz del mundo" si finalmente son pocos los extranjeros que se acogen al Plan de Incentivo al Retorno Voluntario recién aprobado por el Gobierno. Según afirmó, será mejor que se acojan menos personas, porque eso significará "que España sigue siendo para ellos un país de presente y de futuro".
Corbacho se refería así a esta iniciativa que permitirá a los extranjeros en paro capitalizar el subsidio que les corresponda para regresar con un capital a sus países de origen. A esta iniciativa, con vocación de permanencia y "no coyuntural", podrán acogerse 87.000 extranjeros, según la previsión del Ejecutivo. "Si se han acogido pocos yo seré el más feliz del mundo", sentenció.
Por otra parte, el ministro vaticinó que a medio plazo, serán "muchos" los ciudadanos rumanos y búlgaros que decidan retornar a sus países gracias al crecimiento económico que ambos países experimentan tras su ingreso en la Unión Europea y al margen de que España levante o prorrogue la moratoria que actualmente les impide trabajar por cuenta ajena, una decisión que el Gobierno deberá adoptar antes del mes de enero.
"Atendiendo al crecimiento económico que están teniendo estos países (. . . ) es probable que muchos ciudadanos de Bulgaria y Rumanía que vinieron aquí a trabajar en sectores en los que el mercado español tenía una enorme necesidad de personal (. . . ) acaben volviendo a su país, no en virtud de moratoria o no, sino de las buenas posibilidades económicas que tengan", afirmó Corbacho. Los ciudadanos de la UE no pueden acogerse al programa de Retorno Voluntario aprobado por el Gobierno.
Corbacho explicó que, al margen del pronóstico, el Ministerio de Asuntos Exteriores se encuentra realizando "las gestiones oportunas" en el entorno europeo para determinar "cuál es la política que se debe adoptar" sobre la situación laboral de los rumanos en España y la conveniencia o no de levantar la moratoria. "En consecuencia el Gobierno de España aún no ha decidido si levanta la moratoria o la va a mantener", señaló el ministro, tras instar a la sociedad española a "interiorizar" que los rumanos y los búlgaros "son parte de la Unión Europea".
En cuanto a la entrada legal de extranjeros en España, el ministro se refirió a su predicción de que el contingente de contratados se aproximaría a cero a finales de año y a la precisión que después del anuncio hizo la vicepresidenta Primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega sobre la continuidad de la contratación en origen. Sobre este particular, el ministro afirmó que "nunca" se sintió desautorizado y expresó su aprecio y respeto por De la Vega, a quien calificó de "exquisita". "No me sentí desautorizado ni mucho menos porque hizo una cosa que estaba obligada a hacer, ante una expresión que se había prestado a confusión", apostilló el ministro.
Preguntado por la devolución de 101 inmigrantes gambianos en la frontera del país africano cuando iban a ser expulsados por España la semana pasada, el ministro incidió en que "nada tiene que ver" con las relaciones bilaterales que el Gobierno mantiene con los países de origen de la inmigración, que "están funcionando bien y permitiendo que una parte importante de la inmigración ilegal que llega a nuestro país pueda ser retornada".
En su opinión, lo sucedido en el país subsahariano se debe a que "en la relaciones internacionales siempre puede aparecer en un momento determinado un problema, pero el global es que España está realizando un gran número de devoluciones gracias a los convenios bilaterales y que hay unas buenas relaciones, que tienen sus dificultades". Sobre este asunto, reivindicó la necesidad de una política común en el entorno europeo y destacó el Pacto por la Inmigración y Asilo, un texto acordado en julio por Francia, España y Alemania que será ratificado por los jefes de Estado y de Gobierno de la UE el próximo 15 de octubre. "España apoyará este mes este pacto y lo incluirá en sus políticas", aseguró.
Asimismo, incidió en la importancia de apostar "por unas políticas para que la inmigración sea regular y legal" y advirtió de que si trabajo e inmigración "no se coordinan y se ponen en común, lo primero que se produce es una degradación del mercado de trabajo y una regresión de las conquistas sociales". Por eso incidió en que España debe "crecer en el número de inmigrantes que sean necesarios, pero todos con contrato de trabajo".

viernes, septiembre 19, 2008

Ericsson prescindirá de 200 de sus trabajadores en España

La compañía de telecomunicaciones reducirá un 6% su plantilla en nuestro país, donde actualmente emplea a 3.300 trabajadores

  • Europa Press

Ericsson reducirá un 6% su plantilla en España

EFE

El grupo de telecomunicaciones Ericsson tiene previsto reducir la plantilla de su filial española en 200 personas, lo que representa un recorte del 6%, según han indicado fuentes de la compañía.

La dirección de Ericsson ha comunicado este viernes al comité de empresa, formado por los sindicatos CCOO y UGT, su intención de ajustar la plantilla, compuesta por 3.300 empleados, en las áreas comercial y de servicios, mientras que las de I+D y soporte tecnológico no se verán afectadas.

Según explicaron las fuentes, la decisión se produce después que la compañía encargara un informe a una consultora externa, que subrayó la necesidad de llevar a cabo una reorganización de la plantilla en un escenario de condiciones adversas en un mercado maduro.

Un plan sin especificar

Por el momento, la dirección sólo ha comunicado su intención de llevar a cabo el ajuste de la plantilla, sin especificar en qué condiciones se hará y si los empleados podrán acogerse a un plan de bajas voluntarias o incentivadas.

La filial española de Ericsson cerró el año pasado con una facturación de 954 millones de euros, lo que se traduce en un incremento del 5% respecto a 2006, y espera registrar crecimientos "muy limitados" durante el presente ejercicio.

El pasado mes de febrero, el presidente y consejero delegado de Ericsson, Carl-Henric Svanberg, anunció la intención del grupo sueco de recortar en unos 4.000 trabajadores su plantilla mundial, principalmente en las áreas comercial, de administración, suministro y prestación de servicios, con el objetivo de reducir sus costes durante el año.

Telefónica despedirá a 700 empleados

La medida, comunicada por la compañía a los sindicatos, contempla el despido de 500 trabajadores en el área de Móviles y otros 200 en la de Soluciones mediante un ERE

  • Europa Press
 

Telefónica ha comunicado a los sindicatos presentes en el comité de empresa su intención de recortar las plantillas de las divisiones de Móviles y Soluciones en España mediante un Expediente de Regulación de Empleo (ERE). La medida afectará a 500 y 200 trabajadores respectivamente, según informaron fuentes de UGT.

Según estas mismas fuentes, la compañía ha justificado este recorte por motivos "técnicos y organizativos" y aunque el sindicato descarta las causas económicas, admitió que puede responder a la integración de los negocios de fijo y móvil. Por su parte, fuentes de la multinacional española declinaron hacer comentarios al respecto.

Las negociaciones arrancarán previsiblemente la próxima semana. El ajuste se realizará mediante un ERE, ya que la ley así lo establece para casos con un determinado número de trabajadores. "Todo lo que suponga una reestructuración de empleo nos preocupa. Vamos a pedir que sea voluntario y no discriminatorio", señalaron fuentes de UGT.

Actualmente, la plantilla de Móviles cuenta con más de 4.400 trabajadores, mientras que la de Soluciones está compuesta por unos 1.100 empleados.

El consejero delegado de Telefónica Julio Linares anunció durante el pasado mes de febrero durante la presentación de resultados el plan de la compañía de acometer una provisión de 322 millones de euros para adecuar la plantilla a la nuevas necesidades de la empresa, así como a la integración de los negocios de fijo y móvil.

lunes, septiembre 15, 2008

Los impagos en compras a plazo aumentaron el 121,5% en julio

Se trata de un total de 2.072 millones de euros | Por sexto mes consecutivo el importe de los efectos impagados es superior al de los vencidos

  • EFE
  • ,

 

 

El importe de los efectos de comercio impagados de las familias y las empresas que operan en España ascendió a 2.072 millones de euros en julio, lo que supone un aumento del 121,5 por ciento con respecto al mismo mes de 2007.

Estos efectos de comercio se refieren a las operaciones de adquisición de bienes y servicios a plazos, operaciones en las que interviene una entidad financiera que adelanta el dinero. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el número de efectos de comercio impagados en julio fue de 618.133, un 47,7%

Descienden los efectos vencidos

En julio hubo 12 millones de efectos vencidos, el 10,5 por ciento menos que en el mismo mes de 2007, y su importe alcanzó 33.962 millones de euros, el 8,3 por ciento menos.

Por sexto mes consecutivo, el importe medio de los efectos impagados fue superior al de los vencidos.

Así, en julio, el importe medio de los impagados fue de 3.352 euros, el 49,9 por ciento más con respecto al mismo mes del año pasado, mientras que el de los efectos vencidos fue de 2.830 euros, el 2,5 por ciento más.

Más impagos en préstamos de bancos

Por entidad financiera, el mayor número de efectos impagados se dio en los bancos, con 395.603, el 41,9 por ciento más que en julio de 2007, seguido de las cajas de ahorros con 192.694, el 56,7 por ciento más, y de las cooperativas de crédito con 29.836, el 78,8 por ciento más.

El importe medio de los efectos de comercio impagados fue mayor en las cajas de ahorros, con 4.302 euros, el 65 por ciento más, seguido de las cooperativas de crédito con 4.071 euros, el 40,6 por ciento más, y los bancos con 2.836 euros, el 39,5 por ciento más.

Cataluña dobla a Madrid en efectos impagados

Cataluña fue la comunidad con mayor número de efectos impagados, 188.286; seguida de Madrid, con 99.180, la Comunidad Valenciana, 89.912 y Andalucía con 66.130.

El mayor importe de dichos efectos fue también para Cataluña, con 398,1 millones de euros; seguida de Andalucía, con 344,6 millones; Madrid, con 341,6 millones y la Comunidad Valenciana, con 279,7 millones.

Los mayores porcentajes de efectos de comercio impagados sobre vencidos en el mes de julio correspondieron a Canarias, el 9,7 por ciento y a Andalucía, el 7,4 por ciento; mientras que Navarra, con el 3,4 por ciento, fue la que registró el menor porcentaje.

Atendiendo al importe medio de los efectos impagados, los mayores correspondieron a Baleares (5.487 euros), Castilla y León (5.435 euros) y Andalucía (5.211); y los menores a Cataluña (2.115 euros), y Asturias (2.223 euros).

miércoles, septiembre 10, 2008

Estudio practico: La nueva regulacion de las pensiones de viudedad y su trascendencia en el Derecho de Familia

http://www.lexfamil y.es/

José Luis Sariego Morillo

Abogado y Mediador Familiar

Desde la reinstauración de la institución del divorcio en España en 1.981 se han producido más de diez millones de conflictos jurisdiccionales en torno a esta institución.

Las formas de estos conflictos han sido encauzadas a través de distintos procedimientos tales como los de separación, divorcio, modificación de medidas, ejecuciones de sentencia, medidas en relación a los hijos comunes en parejas de hecho, adopciones, impugnaciones de paternidad, etc.

Una de las características de la ley del divorcio de 1981, es que se intentó dar una solución a aquellas parejas que de hecho vivían separadas pero que no pudieron legalizar su situación, por la prohibición del divorcio en nuestro país durante la dictadura.

Tenemos que tener en cuenta que la ley del divorcio de 1981, regulaba también una nueva forma de contraer matrimonio en igualdad de derechos y obligaciones de los cónyuges, siguiendo las directrices de la Constitución Española de 1978. Dicha ley, fue elaborada por un equipo de personas afines al entonces ministro de la UCD Fernández Ordóñez, de una ideología demócrata cristiana que se hizo patente en el espíritu de la ley.

Veamos algunos ejemplos:

1.- La regulación exhaustiva del art. 97 del Código Civil tendía a proteger de forma muy clara a aquellas mujeres que durante la dictadura habían realizado su vida como amas de casa, y que tras la separación o el divorcio, podrían quedar en la indigencia.

2.- Se establecieron tres tipos de pensiones:

a.- Cargas del matrimonio (en sede de medidas provisionales) .

b.- Alimentos que se otorgaba exclusivamente a los hijos menores o mayores de edad pero económicamente dependientes.

c.- Pensión compensatoria a favor del cónyuge (pensando en las esposas) que había dedicado su vida a cuidar de la casa, de la familia y del otro cónyuge.

3.- Introducción de causas de nulidad, separación y divorcio.

4.- Introducción del concepto de la litis expensas. Se partía de un concepto y modelo de familia de tipo tradicional, y no se tenían en cuenta otros tipos de familias. Tan tradicional era la ley de 1981 que se estableció el derecho de las mujeres a obtener el reconocimiento de la litis expensas, que no era otra cosa que lograr que el esposo pagase los gastos de abogado y procurador que la esposa eligiera para su defensa en el juicio de separación y/o divorcio, ya que el procedimiento a la obtención de la justicia gratuita alargaba en demasía el proceso mismo de separación y/o divorcio, en perjuicio de los hijos. Este supuesto derecho a la litis expensas, no dejaba de ser humillante para las mujeres, ya que se partía de la idea, de que éstas eran inferiores y necesitaban una especial protección.

Asimismo, y debido a que las esposas y las mujeres tenían sus derechos civiles limitados frente a los de los hombres (no podían abrir una cuenta corriente sin el consentimiento de su marido, por ejemplo) se estableció una modificación introduciendo la figura de la compensación económica del Derecho Foral de Catalunya para aquellas mujeres que trabajaban en el negocio del marido, y que eran trabajadoras sin sueldo ni seguridad social.

En caso de separación y/o divorcio, a dichas mujeres se les reconocía un derecho a percibir una compensación económica por su contribución a que el negocio del esposo hubiera estado mantenido o hubiera mejorado.

Siguiendo esta tesis, de que las mujeres durante siglos y, especialmente durante la dictadura, habían estado sometidas al poder del esposo y de los hombres, se consideró necesario y lógico que la carga económica de la nueva situación familiar fuera afrontada por el esposo y padre y que los hijos debían quedar con aquella persona que los había cuidado durante el matrimonio. 

Como se partía de la base de una familia tradicional donde el padre y esposo era el sostenedor de la familia (trabajo fuera de casa) y la madre y esposa la encargada del cuidado  de la casa y los hijos, se consideró adecuado, a la hora de establecer a quien le correspondía la custodia de los hijos, no perder de vista el concepto de familia del que se partía, esto es, la familia tradicional. Hay que añadir en este punto que el legislador no se atrevió a modificar el art. 159 del Código Civil originario, que decía que los hijos menores de siete años quedaban al cuidado de la madre exclusivamente, en caso de que los padres vivieran por separado. En este punto en concreto, esto no cambió hasta 1990, cuando se declaró que era discriminatorio atribuir la custodia de los hijos menores de siete años a la madre en caso de separación. Ello fue posible a la ley 11/1990 de 15 de octubre que modificó así el art. 159 del Código Civil, aunque sirvió de mas bien poco, debido fundamentalmente al concepto tradicional de la familia que seguían teniendo los operadores jurídicos, entre ellos los jueces y los abogados.

Esto es, hasta el año 1990 por imperativo legal, junto a la ley de 1981 del divorcio, en aplicación del artículo 159, se otorgaba la custodia de los menores de siete años a las madres, salvo que estas estuvieran incapacitadas para ello. Aunque parezca increíble, este criterio se sigue aplicando hoy día en muchos juzgados, y existen sentencias recientes de primera instancia que así lo siguen recogiendo.

Lógicamente, el legislador no se planteó la posibilidad de una guarda y custodia compartida o conjunta de los hijos tras el divorcio, ya que se partía de la base que era la madre quien había cuidado en exclusiva a los hijos durante el matrimonio, y así debía ser después del divorcio.

El padre y esposo ausente y mantenedor, debía seguir su rol tradicional y convertirse en un mero visitador de los hijos y un mantenedor pagando pensiones.

Nadie puso en tela de juicio dichos conceptos, ni tan siquiera los partidos políticos de izquierdas que abogaban por la igualdad de trato entre hombres y mujeres  y así, se aprobó la ley sin ningún problema, y se empezó a aplicar de forma sistemática. Esto es, se otorgaba a las madres y esposas la custodia de los hijos y el uso de la vivienda familiar y a los padres y esposos se les otorgaba un derecho de visitas con los hijos y el deber de sostener a la familia en su conjunto.

Creemos que en el contexto histórico en que se aprobó la ley del divorcio de 1981, fue correcta y precisa la legislación que se hizo y tal como se hizo, teniendo en cuenta el rechazo de gran parte de la sociedad tradicional española a la aprobación de dicha ley.

Por ello, en la ley de 1981, se intentó buscar una excusa que pocos rechazarían, cual es dar la máxima importancia al interés superior de los menores sobre cualquier otro, y en nombre de dicho interés superior de los hijos, se elaboró el resto de la ley, aunque desgraciadamente nunca se legisló o se definió que era lo mejor para los menores.

No es que se aprobasen normas apoyando mas a las madres que a los padres, sino que la ley se excusaba basándose en que era lo mejor para los hijos, partiendo de la base de un concepto de familia tradicional, y se llegaba a la conclusión que el mejor interés de los hijos era quedarse a vivir (guarda y custodia) con la persona cuidadora (madre) en el domicilio que había sido familiar o conyugal, y que el otro progenitor (padre), que podía ganar dinero fuera de casa, se fuera de ella, y buscase otro lugar para vivir.

No debemos olvidar que junto a la ley del matrimonio y divorcio del 1981, se aprobaron leyes sobre el régimen económico matrimonial que intentaron equiparar los derechos de las mujeres con respecto a sus maridos, en cuanto a la administració n de los bienes del matrimonio, adecuando así la situación de las mujeres a los derechos consagrados en la nueva CE, aunque sin dejar de considerarlas inferiores a sus esposos, ya que en algunos artículos los maridos podían disponer en determinados casos de los bienes de la familia sin autorización de las esposas.

Hasta hace mas bien poco, el Ministerio de Hacienda no exigía la firma de la esposa, para hacer la declaración de la Renta, e incluso en muchos actos notariales de disposición sobre bienes gananciales, no se exigía la firma de las esposas en las notarias.

            Tan pernicioso era el trato que esta ley daba a las mujeres que les otorgaba el derecho a percibir una pensión de sus ex maridos sine die, aunque no de forma vitalicia, siempre y cuando se cumplieran dos requisitos:

            1.- Que no trabajasen fuera del hogar. Esto es, que se quedasen en casa cuidando de los hijos.

2.- Que no tuvieran nueva pareja. Que no tuvieran un nuevo hombre en su vida que las mantuviesen.

En ambos casos el ex marido podría exigir la extinción de la pensión compensatoria que recibía la esposa. El trato como objeto de la mujer en esta ley era inaudito. Ninguna organización de mujeres progresista o no, ha rechazado nunca este trato perverso hacia los derechos de las mujeres como ciudadanas.

 

Llegamos por ello, a varias conclusiones sobre la ley del divorcio de 1981, y es que es una ley que tiene un concepto muy tradicional de la familia y de la pareja, y más aún a la hora de legislar sobre las consecuencias de la ruptura de pareja. Otra conclusión es que sigue considerando a la mujer y esposa como inferior y por ello, merece un trato distinto. Se intenta establecer que el mejor interés para los hijos, no sea que estén bien tras la ruptura de la pareja de sus padres, sino que se supone que lo mejor para ellos es que queden bajo la custodia exclusiva de su madre, que es quien los cuidaba antes de la ruptura.

Por último, tan tradicional fue esta ley que en sus disposiciones adicionales, estableció una modificación legislativa de la Ley General de la Seguridad Social, en donde se establecieron unas modificaciones lógicas, si partimos de la base de que la mujer y esposa era inferior al esposo, en cuanto a medios económicos. 

Así, la Disp. Adicional Décima regula la solución del problema de la mujer y esposa separada o divorciada, y que el ex esposo falleciera ¿qué pasaba con estas mujeres?

No se reguló en cambio, la modificación del texto refundido de la LGSS de 1974 que establecía que los varones no tenían derecho al percibo de una pensión de viudedad salvo que fuera una persona discapacitada. Esto no fue derogado hasta 1983 y 1984 en sendas sentencias del Pleno del Tribunal Constitucional.

Volviendo a las mujeres, éstas no eran realmente viudas, ya que habían dejado de ser cónyuges del fallecido, pero se consideró adecuado resolver este problema. Por ello se reguló la posibilidad de que estas mujeres siguieran teniendo derecho a percibir una pensión de viudedad a pesar de que legalmente no eran viudas, al estar divorciadas.

Tan tradicional era la ley de 1981, que en su D. Adicional Décima no previó la posibilidad de que los maridos separados y/o divorciados contrajeran nuevas nupcias, y fue la jurisprudencia la encargada de ir dando soluciones a este tema, mas tarde siendo recogida por distintas modificaciones de la LGSS a mediados de los años 90.

Con el paso del tiempo y la adecuación de la realidad social a los valores del siglo XXI (igualdad y libertad), se da una importante incorporación de las mujeres al mundo laboral. Tanto es así que los índices de dependencia económica de las esposas con respecto a sus maridos han disminuido ostensiblemente.

La libertad de las mujeres a la hora de poder vivir su propia sexualidad y el tiempo para ser madres, hacen que se desencadene el fenómeno de la mujer independiente y libre con respecto al marido y padre.

La Familia Tradicional entra en crisis, y se integra la sociedad hacia modelos de familias distintas, tales como la nuclear con o sin hijos, la monoparental, la reestructurada, la de parejas del mismo sexo, etc. Lógicamente, este fenómeno, hace que el reparto de tareas en el hogar y que el reparto de las responsabilidades parentales y marentales, sean mas igualitarias en el seno de la familia, o simplemente desaparezcan, y se cambie el cuidado de los hijos a favor de terceras personas.

La mayoría de las asociaciones de mujeres no se dan cuenta que en todo este fenómeno existe una trampa, y es que las mujeres se adaptan bien al mundo laboral, pero no dejan de seguir comportándose en el mundo familiar mas que de la manera que conocen y que no es otra que la forma tradicional como madres y esposas.

Apenas aprenden cómo delegar funciones de cuidado de los hijos, salvo a otras mujeres (cuidadoras o empleadas del hogar) y mas aún, cuando las propias asociaciones de mujeres, aconsejan a las estas que se resistan a perder los supuestos privilegios que ofrece la ley de divorcio de 1981. Así, las mujeres siguen comportándose de forma tradicional en el seno de la familia, o incluso sin hacerlo, a la hora del conflicto, alegaran su condición femenina para poder seguir aprovechándose de los beneficios que ley de 1981 les otorgaba.

Muchas organizaciones de mujeres se estructuran en torno a la idea de que las mujeres son las únicas válidas para ejercer un cuidado responsable del cuidado de los hijos, condenándolas a perpetuar el modelo de familia tradicional del que trataban de huir, a la hora de plantear un divorcio.

Asociaciones de madres separadas, de mujeres separadas, de abogadas juristas, etc. defienden durante casi tres décadas la legitimidad de la custodia exclusiva de los hijos a favor de las mujeres y madres, en caso de conflicto judicial, pero a la vez, consideran en publico que el rol tradicional de las mujeres no es mas que un elemento mas de la estructura patriarcal de la sociedad y del ejercicio del poder masculino sobre las mujeres y exigen leyes que hagan que todo esto último desaparezca. Todo ello no deja de ser contradictorio y paradójico.

Todas las ayudas y programas de trabajo con estas organizaciones desde 1981 están encaminadas a fortalecer la idea de que las mujeres son las mejores capacitadas para el cuidado de los hijos que el padre y esposo. Véanse los programas de ayudas económicas a mujeres separadas o a madres solas (ahora denominadas familias monoparentales y antes denominadas madres solteras).

No debemos olvidar que desde 1981, el Código Civil obligaba a los jueces a establecer en sus sentencias cuatro puntos fundamentales:

1.- Conceder la custodia de los hijos menores de siete años a las madres (hasta 1990)

2.- No separar a los hermanos

3.- Otorgar el uso y disfrute de la casa a la mujer e hijos

4.- Establecer una pensión para los hijos y para la madre a cargo del padre y esposo.

Ante ello, no es extraño, que con la ley de 1981, se hayan estado concediendo en el 98% de los casos de separaciones, la custodia exclusiva y excluyente a las madres.

Decimos exclusiva, por cuanto en un artículo anterior yo mismo hacia referencia al significado en nuestro país sobre qué era la custodia en realidad, y cuales sus consecuencias jurídicas y prácticas en la vida de los hijos. En dicho artículo llegaba a la conclusión que prácticamente la custodia exclusiva es igual al ejercicio de la patria potestad en exclusiva, ya que quien ostenta la custodia de los hijos, puede cambiar de colegio a los mismos, o incluso de lugar de residencia sin consentimiento del Juez, y menos aún del otro progenitor. El progenitor no custodio pierde de hecho los derechos inherentes, no así las obligaciones aparejadas a las facultades del ejercicio de la Patria Potestad.

Y decimos custodia excluyente, porque no es de extrañar que surjan en todo el territorio español organizaciones de padres separados de sus hijos que entiendan que son discriminados por el hecho de ser hombres, a la hora de ser enjuiciadas sus rupturas matrimoniales o de parejas con hijos, ya que pierden de un plumazo la paternidad, con todas sus ventajas e inconvenientes, pero sobre todo, el poder ejercer y disfrutar una paternidad responsable que venían ejerciendo durante el matrimonio.

Ante la petición de estas organizaciones, y la necesidad de intentar ser coherentes por parte del gobierno de Rodríguez Zapatero, en el año 2005 se acomete la primera reforma de la Ley de Divorcio de 1981, en la que se intenta dar mayor coherencia y adecuar las consecuencias de las separaciones y divorcios a la realidad social del país.

Se dan grandes avances pero sólo en teoría, a saber:

1.- Desaparecen las causas de divorcio.

            2.- Ya no es el Juez quien decide en algunos casos sino el fiscal cuando hay menores.

            3.- Aparece mencionada (tan sólo) la custodia compartida.

            4.- Necesidad de informes de expertos en temas de familia.

            5.- Posibilidad de poner plazos a las pensiones de alimentos y compensatorias.

No obstante, no se llega a modificar el sistema público de pensiones de viudedad preexistente, en el sentido de que desde la ley del divorcio de 1981, han sido muchos los hombres divorciados que han vuelto a contraer matrimonio, y la seguridad social, cuando este fallecía, no tuvo mas remedio que reconocer como viuda a la segunda esposa del fallecido, y a las primeras para no dejarlas en la pobreza, pues se les reconocía una pensión de viudedad teniendo en cuenta los años de convivencia.

En los últimos años esta interpretació n se hacia, repartiendo la pensión de viudedad entre las dos esposas, la que fue esposa y la que era esposa al momento del fallecimiento, repartiendo la pensión proporcionalmente al tiempo de duración de cada matrimonio, lo cual era bastante discutible, ya que la ex esposa, con la muerte del causante no perdía en la mayoría de los casos capacidad económica. Muchas segundas esposas se han venido quejando de ello ante los tribunales, obteniendo distintas respuestas.

Como quiera que los divorcios son cada vez mas entre parejas mas jóvenes, desde finales de los años noventa, se comenzaron a establecer pensiones compensatorias de carácter temporal, máxime cuando el T. Supremo estableció el carácter indefinido que no vitalicio) de una pensión compensatoria.

Ante todos estos problemas, ante la realidad que existían hombres que también tenían derecho al percibo de la pensión de viudedad, y la mas que previsible crisis del sistema universal de pensiones de nuestro país, debido a la inversión de la pirámide de edad de la población, nos encontramos ahora, con que la Ley General de Seguridad Social ha sido modificada con la ley 40/2007 publicada el5 de diciembre de 2007 en el BOE, en la que se modifica entre otros, el art. 174 de la LGSS, en el sentido que las mujeres separadas y/o divorciadas ya no tendrán derecho al percibo de pensiones del Estado de viudedad, salvo que en el momento del fallecimiento del ex marido, estuviesen cobrando la pensión compensatoria en dicho momento, o perdieran el derecho a su percibo.

También se introducen limitaciones de percibo de este tipo de pensiones de viudedad a aquellas mujeres que no hayan estado más de un año casadas con el marido muerto como consecuencia de una enfermedad común. Esta limitación se realiza en base a los abusos de mujeres que contraían matrimonio con hombres enfermos justo antes de morir, para así cobrar mas tarde la pensión de viudedad.

Es significativa la limitación temporal al cobro de la pensión por un límite de dos años, como ocurre en otros países, para casos muy determinados por la muerte causada por accidente o enfermedad profesional. 

Esta modificación se ha realizado ante la previsión de que el numero de pensionistas viudas/os separadas/os aumentase de forma muy llamativa, ya que el numero de mujeres que dejan viudos separados o divorciados es ya del casi el 35% con respecto a las mujeres viudas separadas o divorciadas, y se considera que los hombres no necesitan la pensión de viudedad para seguir adelante, ya que esta figura de la pensión de viudedad tiene su base en la idea de que eran las mujeres a las que había que proteger con esta institución del Estado.

Esto es, que debido a que también los hombres separados y/o divorciados pueden pedir la pensión de viudedad, dada la alta incorporación de las mujeres al mundo laboral, y a que el sistema no va a poder soportar dicho gasto, pues de un  plumazo, se inventan que es necesario cobrar previamente y al mismo tiempo del fallecimiento del causante una pensión compensatoria del ex cónyuge. Este mismo caso se da en Dinamarca, Italia y Austria. 

Como quiera que las mujeres trabajaban fuera de casa y obtenían ingresos propios, en los últimos quince años, la tendencia en los procesos de separación y/o divorcio era renunciar a la pensión compensatoria y ponerla a favor de los hijos, sobre todo porque la pensión compensatoria había que declararla como ingreso irregular en el IRPF, y la de los hijos no, y si se cobraba la pensión compensatoria, las mujeres veían como subían sus impuestos. Además, el cobro de la pensión compensatoria limitaba la vida de la mujer hasta el extremo de que no podían tener una nueva relación de pareja o trabajar fuera de casa, so pena de perder la pensión concedida.

Muchas mujeres y sus abogados, así como jueces decidieron poner pensiones alimentos mas elevadas (que no ataban a la mujer a su casa y a ser célibe) y no poner pensión compensatoria alguna.

Cuando los hijos crecieran, ellas podrían cobrar una pensión no contributiva o su propia pensión, y además si el ex marido se moría, podrían cobrar la pensión de viudedad proporcional al tiempo de convivencia.

Ya con la reforma esto no es posible, y nos encontramos ante una encrucijada, y es la de mujeres que no cobran pensiones compensatorias y que tampoco percibirán pensiones de alimentos para sus hijos, porque estos se habrán ido de casa o serán económicamente independientes, y ven que su ex marido se ha muerto, se encuentran que ya no pueden cobrar una pensión de viudedad, y pasarán a depender económicamente de sus hijos o de pensiones no contributivas muy precarias.

Aunque este cambio legislativo ha pasado bastante desapercibido en el ámbito del Derecho de Familia, no deja de ser un nuevo reto para los juristas de familia, que deberemos de afrontarlo de forma eficaz para la mejor defensa de los intereses de nuestros clientes.

martes, septiembre 09, 2008

Ford y General Motors dejarán sin empleo temporalmente a 1.900 trabajadores por la crisis

El ERE de la factoría de Ford en Almussafes que afectará a 1.300 empleados, una quinta parte de la plantilla, se aplicará sólo durante el último trimestre del año | La fábrica de GM en Figueruelas (Zaragoza) prescindirá durante un año de 600 trabajadores

  • Agencias
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La crisis se ceba con los trabajadores del sector del automóvil. La factoría de Ford de Almussafes (Valencia) presentará un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afectará a unos 1.300 trabajadores de una plantilla total de cerca de 7.000. Y la factoría de Figueruelas (Zaragoza) de General Motors (GM) España anunció hoy la suspensión temporal de empleo para 600 trabajadores desde noviembre de 2008 y con una duración de un año.

La dirección de Ford España ha explicado que se eliminará el turno de noche. Pero el ERE, que afectará a entre 1.000 y 1.200 trabajadores, es temporal, y se aplicará sólo durante el último trimestre del año, hasta que se recupere el ritmo normal de producción.

Según los sindicatos, la dirección justifica el ERE por la caída de ventas de vehículos que se está registrando de modo generalizado en ese sector.

GM ha alegado motivos similares: la reducción de la producción en un 10% obliga a prescindir temporalmente del 10 por ciento de la plantilla dedicada a la manufactura de vehículos (línea de producción, talleres y otros).

Se oponen

El secretario de UGT-PV en Ford Almussafes, Gonzalo Pino, ha asegurado que los sindicatos se oponen a las condiciones presentadas por la dirección y ha agregado que mañana se abre el periodo preceptivo de consultas de 15 días, durante los cuales los sindicatos, ha recalcado, "exigiremos que se modifiquen varios aspectos del ERE".

Según el dirigente de UGT, la dirección ha indicado que el ERE se hará "sin apoyo económico por parte de la empresa, es decir, sin complemento", al tiempo que ha mostrado su desacuerdo con que el expediente afecte al turno de noche.

Otros turnos

Pino es partidario de estudiar que el ERE pueda afectar a los trabajadores de otros turnos, de forma rotativa, y que la empresa abone el diferencial, para que "los afectados por el ERE reciban el cien por cien de su salario, ya que los trabajadores no somos culpables de la situación".

El responsable de UGT ha insistido que ahora es la Generalitat valenciana quien debe autorizar el expediente y la que puede exigir ese complemento. "A ver si es capaz de entender el problema y no mirar a otro lugar", ha subrayado.

Suspensión en GM

Según informó el presidente del comité de empresa, José Juan Arcéiz, los trabajadores de GM España esperaban algún tipo de regulación temporal de empleo tras los recortes de producción que se han ido sumando en el último mes, pero el recorte de 600 trabajadores les parece "desproporcionado y excesivo" y así se lo han hecho saber a la dirección.

La producción de ese año se situará, según Arceiz, alrededor de las 460.000 unidades, lo que supondrá una caída de más de 30.000 unidades sobre la previsión que la dirección realizó a principios de año y de más de 25.000 sobre las cifras del año 2007, año en el que se superó el récord de producción de la factoría.

Seat también recorta

La dirección de Seat y los sindicatos han acordado suspender el turno nocturno de producción de la línea de modelos Altea y León, lo que supondrá dejar de producir unos 300 coches al día, aunque la medida no afectará a la plantilla ya que la adaptación de personal se hará mediante la bolsa de horas.

El presidente del comité de empresa de Seat, Matias Carnero, ha explicado que la empresa y los sindicatos han acordado este ajuste de la producción, que empezará dentro de dos semanas y, de momento, será indefinida, ante la caída de la ventas en más de un 22%.


viernes, septiembre 05, 2008

Celestino Corbacho, el eterno ministro corregido

El titular de Trabajo e Inmigración ha soportado varias correcciones de otros miembros del Ejecutivo en algo más de cuatro meses de legislatura | La última, de la vicepresidenta De la Vega por la contratación en origen de los inmigrantes

  • Marta Muñoz
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Celestino Corbacho es una de las caras nuevas del gobierno del cambio de Zapatero. Antes, sólo había sido alcalde de Hospitalet de Llobregat y presidente de la Diputación de Barcelona. Es quizás por ser un ministro novato por lo que es toda una fuente de contradicciones. Se desdice a sí mismo y es desdicho por otros miembros del Ejecutivo.

Es ese hombre, que se subió al carro de su colega Miguel Sebastián para quitarse la cobarta para ahorrar energía, el mismo que ha sido corregido por la vicepresidenta del Gobierno en el tema de la contratación de los inmigrantes en origen.

El titular de trabajo afirmó el miércoles que se "aproximaría a cero en 2009", el jueves rectificó y excluyó del saco a los temporeros y este viernes, De la Vega, asegura que el Ejecutivo hará "las contrataciones en origen que se necesiten".

El principio del desdicho

Al comienzo de la legislatura cuando la polémica se centró en el derecho al voto de los inmigrantes, el sucesorde Caldera, se lanzó al vacío en lo que fue su primera iniciativa ministerial.

Corbacho, en una entrevista en Catalunya Ràdio, abogó por establecer "lo más pronto posible" los mecanismos que permitan a los inmigrantes votar en las elecciones municipales, así como llegar a un "consenso" político sobre la posibilidad de que puedan hacerlo en otros comicios.

Rápidamente, el entonces número dos del PSOE, José Blanco, le generó el primer bochorno público al ministro. Aseguró, tajante,que el extender el derecho al voto de los inmigrantes no era una de las "prioridades políticas" del partido, ni formaba parte del programa socialista, ni del discurso de investidura de Zapatero.

Finalmente, el partido, en su 37º Congreso Federal, debatió sobre el voto inmigrante para elaborar una proposición no de ley que llegará al Congreso en septiembre, que tendrá que consensuarse con otras formaciones políticas y afectará a los inmigrantes cuyos países tengan acuerdo de cooperación con España. Con lo que sólo se beneficiarían del derecho la mitad de los extracomunitarios.

Le siguieron otras

El titular de Trabajo tendría que soportar más correcciones. En julio, fue el ministro del Interior,Alfredo Pérez Rubalcaba, el que la realizó. Corbacho aseguró, cuando la situación de las pateras llegó este verano a un extremo peligroso, que el gobierno no regularizaría la situación de los supervivientes.

Al poco, Rubalcaba dijo que el Ejecutivo se lo estaba "pensando". Y Corbacho, públicamente, cargó con el error y tuvo que decir que "se podría estudiar" y encima salió al paso de las críticas afirmando que el gobierno tenía la misma postura. Serían matices, seguramente.

Se desdice a sí mismo

Pero Corbacho ha seguido acumulando situaciones vergonzosas. Cuando la polémica de la directiva europea de las 65 horas de trabajo, el ministro no dudó un instante el hecho de criticarla y luego, en la votación en Bruselas, abstenerse.

Sin duda alguna, estas situaciones ponen de manifiesto que el golpe de efecto que el presidente del Gobierno quiso dar cambiando a varios titulares de su Ejecutivo le está generando más de un sonrojo en los medios de comunicación. También revela que Celestino Corbacho no tiene las ideas muy claras. 


De la Vega desautoriza a Corbacho y dice que 'habrá contrataciones en origen'

  • El ministro de Trabajo anunció que iba a suprimir los contratos en origen
  • De la Vega asegura que llegarán los inmigrantes que se necesiten

 

ANA DEL BARRIO

MADRID.- La vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha desautorizado al ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, y ha asegurado que "habrá contrataciones en origen, las que se necesiten".

Corbacho anunció el miércoles que iba a suprimir la contratación de inmigrantes en origen en 2009, porque, según sus argumentos, "no parece razonable que con 2,5 millones de parados sigamos recurriendo a la contratación en origen".

Ayer se produjo la primera marcha atrás del Ministerio de Trabajo al afirmar que la medida no iba a afectar a los trabajadores de temporada. Pero De la Vega ha ido más allá y ha introducido una nueva rectificación.

"Queremos una inmigración legal y ordenada que esté relacionada con el mercado laboral", afirmó tras la reunión del Consejo de Ministros. De la Vega defendió por activa y por pasiva que el Gobierno no ha cambiado su política de inmigración: "Siempre hemos acogido a los inmigrantes que llegan aquí legalmente, en función de las necesidades. Habrá contrataciones en origen, las que se necesiten. En todo caso, las temporales las va a haber".

La propuesta del titular de Trabajo de cerrar el grifo a los inmigrantes legales recibió ayer un aluvión de críticas, que hizo retroceder al Gobierno socialista. Todos los partidos y las centrales sindicales criticaron a Corbacho por "intentar culpar a los inmigrantes del aumento del paro".

Durante un mitin en Bilbao, también el presidente del PP, Mariano Rajoy, ha acusado al Ejecutivo socialista de 'querer liquidar la inmigración legal'.

La contratación en origen es una de las escasas vías que tienen los extranjeros para trabajar legalmente en España. El año pasado cerca de 230.000 inmigrantes entraron en nuestro país con un contrato bajo el brazo.

Los efectos de la crisis económica ya se han dejado notar a lo largo de 2008, un año en el que la contratación ha caído. En los siete primeros meses, 106.922 extranjeros han venido a España, lo que supone un descenso del 53% con respecto al año anterior.

Empresarios y agricultores han expresado su rotundo rechazo a la medida del ministro de Trabajo, debido a la dificultad de encontrar trabajadores españoles para determinados puestos.

«Sólo buscamos fuera lo que no podemos encontrar dentro. Necesitamos médicos, enfermeras, fresadores. Las empresas se ven obligadas a contratar en el extranjero y esa vía no se puede paralizar», declaró el director de Inmigración de la empresa de trabajo temporal Adecco, Eloy Capellán.

Precisamente, los puestos que no se cubren con los parados españoles son los que se recogen en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. En este catálogo figuran ofertas de trabajo como mecánicos, peones o ingenieros técnicos para los que el Inem no encuentra candidatos españoles y, por tanto, los empresarios tienen que recurrir a contratar a los inmigrantes desde sus países.

La creación de empleo será este año siete veces menor que en 2007, según las ETT

La patronal del sector, Agett, dice que se crearán apenas 100.000 puestos de trabajo 

S. de la Cruz 
madrid- La tasa de paro superará el 11% en el último trimestre del año, situándose la tasa media del ejercicio en el 10,5%, frente al 8,3% de 2007, y registrará un valor próximo al 14% en 2009, según un informe elaborado conjuntamente por la Asociación de Grandes Empresas de Trabajo Temporal (Agett) y el Centro de Predicción Económica (Ceprede). 
De acuerdo con las previsiones recogidas en este estudio, este año se crearán 90.800 empleos, casi siete veces menos que en 2007, cuando los nuevos puestos de trabajo superaron los 608.000. De esta forma, el ritmo anual de crecimiento del empleo se situará en el 0,4%, cifra inferior en 2,7 puntos a la del año pasado. 
El panorama se vuelve más sombrío en lo que respecta a 2009, para el que prevén que la creación de empleo entre en tasas negativas, con una tasa del -1%. Por su parte, la tasa de temporalidad bajará este año hasta el 29,3%, desde el 31,7% de 2007, como consecuencia de la destrucción de empleo temporal que suele ir asociada a toda crisis económica. Los autores del informe considerarían incluso como una noticia «relativamente positiva» que la tasa de temporalidad fuera mayor, pues ello implicaría menos paro.el empleo está sufriendo una «corrección severa» y su recuperación será «lenta y progresiva». 
La crisis por la que atraviesa la economía española y el empleo también está pasando factura a las empresas de trabajo temporal (ETT), que han efectuado un 10,3% menos de contratos en la primera mitad del año. El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha asegurado que es importante que se mantenga la red social que mantiene a los parados, que proceden de la construcción y los servicios, y aseguró que será imposible que se recupere el 100% de los empleos perdidos. Corbacho apuntó en una entrevista concedida a «Intereconomía TV» lo importante que es la reactivación del crédito a las empresas para que las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan recapitalizarse. 
El ministro cuantificó en 19.000 millones de euros las necesidades que tendrá este servicio si se cumplen las expectativas de paro que prevé el Gobierno (el 12,4%), frente a los 15.000 que requiere en estos momentos. Corbacho subrayó que toda la planificación se hizo hace ocho meses, cuando se crecía económicamente, y recordó que la caída en picado de los indicadores se ha producido en los últimos cuatro meses.